En Ecuador, trabajar no siempre significa llegar a fin de mes. Hay quienes tienen empleo, quienes sobreviven en la informalidad y quienes salen todos los días a buscar un cachuelo para completar el ingreso familiar, pero ahora aparece una expresión todavía más dura en las calles: ni el cachuelo ya alcanza.
El dinero entra por una puerta y sale por la otra, entre alimentación, arriendo, transporte, educación, salud y servicios básicos. Y cuando todo sube, el ingreso termina quedándose atrás. El Instituto Nacional de Estadística y Censos mantiene como indicadores fundamentales el empleo adecuado, desempleo, subempleo e informalidad, porque detrás de cada cifra existe una familia intentando sostener su economía.
La Constitución de la República, en su artículo 33, es clara: el trabajo es un derecho y un deber social, además de un derecho económico y una fuente de realización personal; el Estado debe garantizar dignidad, una vida decorosa y remuneraciones y retribuciones justas. Y el artículo 325 reconoce todas las modalidades de trabajo, incluidas las actividades autónomas y de autosustento.
Es decir, el trabajo informal, el emprendimiento pequeño y ese ingreso conseguido con un cachuelo no son invisibles para la Constitución y aquí nos preguntamos: ¿qué tan digna puede ser una vida cuando trabajar ocho, diez o más horas no garantiza cubrir las necesidades básicas?
El artículo 328 de la Constitución establece que la remuneración debe ser justa y que el salario digno debe cubrir al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora y su familia. Esa disposición plantea una obligación que va mucho más allá de recibir un sueldo al final del mes: significa que el ingreso laboral debería permitir vivir con un mínimo de dignidad.
La contradicción es evidente: el salario puede ser legal, pero la realidad económica puede seguir siendo insuficiente, porque una cosa es cumplir con una cifra establecida por la ley y otra muy distinta es que ese ingreso alcance efectivamente para enfrentar el costo de la vida.
También debemos recordar que el artículo 326 de la Constitución establece que los derechos laborales son irrenunciables e intangibles, mientras el artículo 327 prohíbe las formas de precarización que afecten los derechos de los trabajadores. El Código del Trabajo, además, recoge en su artículo 4 el carácter irrenunciable de esos derechos. Y el artículo 79 establece el principio de igualdad de remuneración: a trabajo igual corresponde igual remuneración, sin discriminación.
Esto obliga a mirar más allá de quien tiene un contrato formal: también debemos preguntarnos qué oportunidades reales existen para quienes viven de trabajos ocasionales, ventas informales, pequeños emprendimientos o actividades por cuenta propia.
El problema aquí, ya no es únicamente preguntar si se tiene trabajo porque hay gente que incluso asume que por tener trabajo o trabajar mucho ya la vida está solucionada o que por “tener algo mejor” la gente se puede vender al mejor postor, olvidándose hasta de su dignidad y se equivocan rotundamente.
La pregunta que debería hacerse Ecuador es: “¿lo que ganas te permite vivir?”. ¿Puede una madre pagar alimentación, transporte, educación y salud con tranquilidad? ¿Puede un padre enfrentar un gasto inesperado sin endeudarse? ¿Puede un joven independizarse con un ingreso que apenas cubre sus gastos básicos? ¿Puede un pequeño comerciante aumentar sus ventas cuando sus propios clientes tienen cada vez menos capacidad de compra? Si la respuesta cotidiana es no, entonces estamos frente a un problema que no se resuelve simplemente diciendo que existen puestos de trabajo.
Ecuador necesita discutir el empleo desde la dignidad y no únicamente desde las cifras. No basta con generar cualquier ingreso; hay que generar condiciones para que trabajar permita construir una vida.
Cuando el salario no alcanza, el ciudadano busca horas extras; cuando eso tampoco alcanza, busca un cachuelo; y cuando ni el cachuelo alcanza, aparece la deuda, la reducción de alimentos, la postergación de tratamientos, la deserción educativa o la imposibilidad de proyectar un futuro.
Ese círculo no puede convertirse en la nueva normalidad. El artículo 284 de la Constitución incluso establece como objetivo de la política económica impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo con respeto a los derechos laborales. Un país no puede llamarse próspero si su gente trabaja cada vez más y, sin embargo, vive cada vez con menos.

Érika Vaca Rodríguez
Relacionista Pública - Máster en Inbound Marketing
Columnista www.vibramanabi.com
10/9/2026